En España se pueden hacer como máximo 80 horas extras al año por trabajador. Lo dice el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores. Para ese límite no cuentan las horas extras compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes, ni las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Si tu jornada anual es más corta que la general de tu empresa, el límite baja en la misma proporción.
La ley no fija un límite al mes ni a la semana, ni un recargo: cada hora extra se paga al menos como una hora ordinaria o se compensa con descanso. Abajo verás qué horas cuentan para las 80, cómo llevar la cuenta y qué pasa si se superan.
Qué cuenta para el límite de 80 horas
Son horas extraordinarias las que se trabajan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria fijada según el artículo 34 (artículo 35.1). Pero no todas cuentan igual para el tope anual:
| Horas extras | ¿Cuentan para las 80? | Artículo |
|---|---|---|
| Pagadas | Sí | 35.2 |
| Compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes | No | 35.2 |
| Compensadas con descanso más tarde de esos 4 meses | Sí | 35.2 |
| Para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes | No, pero se compensan como horas extras | 35.3 |
Por eso dos personas con las mismas horas trabajadas pueden estar en situaciones distintas: lo que decide es cómo y cuándo se compensan.
Ejemplo: el recuento de un año
Una persona con jornada completa hace estas horas extras de enero a septiembre:
| Periodo | Horas extras | Cómo se compensan | Cuentan para las 80 |
|---|---|---|---|
| Enero a marzo | 18 | Pagadas en nómina | 18 |
| Abril a junio | 22 | Pagadas en nómina | 22 |
| Julio | 25 | Descanso en septiembre | 0 |
| Agosto y septiembre | 12 | Pagadas en nómina | 12 |
| Total | 77 | 52 |
Ha trabajado 77 horas extras, pero solo 18 + 22 + 12 = 52 cuentan para el límite. Hasta diciembre le quedan 80 - 52 = 28 horas pagadas como máximo. Si las 25 horas de julio se hubieran compensado con descanso en enero del año siguiente, más de 4 meses después, contarían: 77 en total y solo 3 de margen.
El límite proporcional si tu jornada anual es menor
El artículo 35.2 reduce el máximo cuando, por la modalidad o la duración del contrato, la jornada en cómputo anual es inferior a la jornada general de la empresa. La reducción es proporcional:
máximo = 80 × tu jornada anual / jornada anual general
Con una jornada general de 1.760 horas al año y un contrato que dura medio año, 880 horas: 80 × 880 / 1.760 = 40 horas extras como máximo.
Ojo con el trabajo a tiempo parcial: según el artículo 12.4.c, quien tiene contrato a tiempo parcial no puede hacer horas extraordinarias, salvo las de siniestros del artículo 35.3. Lo que hace por encima de sus horas pactadas son horas complementarias, con otras reglas (ver más abajo).
¿Cuántas horas extras al mes?
La ley no fija un límite mensual ni semanal de horas extras, solo el anual. Repartidas por igual, 80 horas al año son 80 / 12 = 6 horas y 40 minutos al mes, pero es una media, no un tope: puedes hacer más un mes y menos otro mientras el total del año no pase de 80.
Lo que sí sigue valiendo cada día son los límites de la jornada: al menos 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente (artículo 34.3). Los demás límites de la jornada, con ejemplos, están en la guía de la jornada laboral en España.
¿Qué pasa si se superan las 80 horas?
El límite es una obligación de la empresa. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en su artículo 7.5, considera infracción grave la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos y registro de jornada.
Las horas trabajadas por encima de la jornada ordinaria siguen siendo horas extraordinarias según el artículo 35.1, así que se pagan o se compensan como fije tu convenio o tu contrato. Además, el Gobierno puede suprimir o reducir temporalmente el número máximo de horas extras, con carácter general o para ciertos sectores o territorios (artículo 35.2).
¿A cuánto se pagan las horas extras?
El artículo 35.1 deja la decisión al convenio colectivo o, si no lo hay, al contrato. Hay dos opciones:
- Pagarlas, con un importe que en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.
- Compensarlas con descanso retribuido equivalente.
Si no hay pacto, se compensan con descanso dentro de los 4 meses siguientes. La ley no fija ningún recargo: si ves un porcentaje concreto, sale de un convenio o de un contrato. Con una hora ordinaria de 15,00 €, 10 horas extras son al menos 10 × 15,00 = 150,00 €. Con un recargo del 25 % por convenio, la hora extra vale 15,00 × 1,25 = 18,75 € y las 10 horas, 187,50 €.
¿Son obligatorias?
No, salvo que se hayan pactado en el convenio colectivo o en el contrato, y siempre dentro del límite de 80 al año (artículo 35.4).
Horas extras y horas complementarias
Las horas complementarias son las que se hacen además de las horas ordinarias pactadas en un contrato a tiempo parcial (artículo 12.5). No son horas extras con otro nombre:
| Horas extraordinarias | Horas complementarias | |
|---|---|---|
| Quién | Jornada completa | Contrato a tiempo parcial de al menos 10 horas semanales en cómputo anual |
| Límite | 80 al año | Pactadas: hasta el 30 % de las horas ordinarias del contrato; el convenio puede subirlo hasta el 60 % |
| Cómo se acuerdan | Voluntarias salvo pacto en convenio o contrato | Pacto expreso y por escrito; preaviso de al menos 3 días salvo otro plazo en el convenio |
| Pago | Al menos como una hora ordinaria, o descanso | Como horas ordinarias |
| Artículo | 35 | 12.4.c y 12.5 |
Con un contrato de 20 horas semanales, el 30 % equivale a 6 horas complementarias pactadas por semana. En los contratos a tiempo parcial indefinidos, la empresa puede ofrecer además horas complementarias de aceptación voluntaria, hasta el 15 % de las horas ordinarias (30 % si lo amplía el convenio), y negarse a hacerlas no es sancionable.
Cómo llevar la cuenta
La jornada se registra día a día y se totaliza en el periodo de pago de la nómina, y recibes una copia del resumen con el recibo de salario (artículo 35.5). Además, la empresa debe llevar el registro diario de inicio y fin de la jornada y conservarlo 4 años (artículo 34.9).
En la calculadora de horas extras, con las reglas "España (Estatuto de los Trabajadores)", escribe tu jornada en "Horas de contrato por semana" (viene con 40:00) y, si la tienes, en "Horas de contrato por día (opcional)". La calculadora separa las horas por encima de tu jornada y, con tu "Tarifa por hora" y el "Multiplicador de horas extras" de tu convenio, calcula el pago. Junto al resultado muestra esta nota: "Las horas por encima de tu jornada pactada cuentan para el límite de 80 horas extras al año. Súmalas con las de semanas anteriores para comprobarlo."
No lleva la cuenta del año, no promedia semanas ni descuenta las horas compensadas con descanso: el recuento anual de la tabla de arriba lo tienes que hacer tú. Esto es un cálculo, no es asesoramiento jurídico.
Para guardar las horas de cada día en un documento firmado, usa el registro de jornada. Si llevas las horas de varias personas, la versión para equipos guarda las semanas de cada persona en un solo lugar y da un registro mensual por persona en PDF, una exportación para nómina y el saldo de horas extras de cada persona. México tiene otras reglas, con pago doble y triple: están en la guía de horas extras en México.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas extras se pueden hacer al año?
80 como máximo. No cuentan las compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes ni las de siniestros y daños urgentes, y el límite baja en proporción si tu jornada anual es inferior a la general de la empresa.
¿Cuántas horas extras se pueden hacer al mes?
La ley no fija un límite mensual. 80 horas al año son de media 6 horas y 40 minutos al mes, pero puedes concentrarlas en unos meses siempre que el año no pase de 80.
¿Qué pasa si hago más de 80 horas extras al año?
Superar el límite es una infracción grave de la empresa (artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social). Las horas trabajadas siguen siendo horas extras y se pagan o compensan como diga tu convenio o contrato.
¿Cuánto se paga una hora extra en España?
Lo que fije el convenio o el contrato, nunca menos que una hora ordinaria. La ley no establece ningún recargo; si no hay pacto, se compensan con descanso en 4 meses.
¿Las horas extras compensadas con descanso cuentan para el límite?
No, si el descanso se disfruta dentro de los 4 meses siguientes a hacerlas. Si se compensan más tarde, sí cuentan.
¿Puedo hacer horas extras con un contrato a tiempo parcial?
No, salvo las de siniestros y daños urgentes. Las horas por encima de tu jornada pactada son horas complementarias, con su propio límite y se pagan como ordinarias.
¿Me pueden obligar a hacer horas extras?
Solo si se pactó en el convenio colectivo o en tu contrato, y siempre dentro del límite de 80 al año.